Desde el templo del Lucero

viernes, 12 de abril de 2024

Observaciones sobre algunos errores e indicios de presunto plagio detectados en “Aproximación histórica a la Fundación Francisco de Paula Rodríguez de Sanlúcar de Barrameda (1811-1980)”, de José María Hermoso Rivero.

 






Ana Gómez Díaz-Franzón

Dra. Historia del Arte


Este trabajo, galardonado con el II “Premio Francisco de Fuentes” 2023, convocado por la Fundación Hermandad de la Santa Caridad de Sanlúcar, ha sido publicado, en formato papel, por Cartare. Revista de Humanidades, nº 14, Vol. 2. Sanlúcar de Barrameda, 2024; y ha contado con el “patrocinio económico de la Excelentísima Diputación Provincial de Cádiz”, cuya entidad también ha sufragado la dotación del premio (1.200 euros).

En la cubierta de esta publicación se lee: “Número especial dedicado al Premio de Investigación Francisco de Fuentes de la Fundación Hermandad de la Santa Caridad y Pobres Desamparados de Sanlúcar de Barrameda, con trabajos de José María Hermoso Rivero y Jesús Vegazo Palacios”, sin que aparezcan los títulos de los trabajos premiados.

Estos títulos tampoco se hallan en la portada o “portadilla”, que no existe, como tampoco un sumario de revista al uso. Tras dos presentaciones del director de la revista, Antonio Romero Dorado (también miembro de la Junta directiva de la Fundación Hermandad de la Santa Caridad), y de Francisco Javier Vidal Pérez, Vicepresidente segundo de la Diputación Provincial de Cádiz; así como un prólogo del Presidente de la Fundación, que avala la publicación y se refiere a ésta como “libro” en tres ocasiones, se localiza una especie de índice o tabla de contenidos, donde (ahora sí) se reseñan los títulos de los dos trabajos galardonados (premio y accésit) y el desglose de sus apartados.

Esta revista, que no se ha presentado públicamente y que, de momento, no se encuentra a la venta en librerías, sólo puede ser consultada por los usuarios de la Biblioteca Pública, a través de dos ejemplares que Hermoso Rivero depositó el día 22 de febrero de 2024. Desconozco si se vende o se obsequia en la sede la Fundación, la iglesia de los Desamparados, aunque se ha de suponer que, al menos, a la Diputación de Cádiz habrán remitido varios ejemplares, por ser la entidad patrocinadora.

Según consta en el colofón de la revista, ésta se terminó de imprimir el día 20 de enero de 2024. Transcurridos casi tres meses y no habiéndose publicado online el trabajo ganador, como estipulan las bases de la convocatoria de este Premio, cabría considerar, por ahora, que queda vulnerada esta otra base de la convocatoria (la tercera). Tampoco edita la Fundación, como también exigen las bases, sino la revista Cartare, ni esta Fundación aparece en los créditos. Tan sólo en la contraportada se encuentra impreso, en  gran tamaño, el escudo de la Fundación, junto a los logos de las otras entidades implicadas (Diputación y Cartare).

Desde la perspectiva formal, a pesar del lujo del papel cuché de graa gramaje utilizado, la maquetación es inexistente. No se ha diseñado para formato papel, obviándose los márgenes interiores, lo que dificulta bastante la lectura. Por lo demás, la edición es pésima: tipografía desmesurada, tablas interiores desproporcionadas, faltas ortográficas, errores de acentuación, abuso de transcripciones, etc.

Rafael Ibáñez García, Presidente de la FHSCPDSB (Fundación Hermandad de la Santa Caridad y Pobres Desamparados de Sanlúcar de Barrameda), en su prólogo, enumera a los miembros del jurado de este Premio, del que dice que “tras un estudio riguroso de las obras presentadas, ha determinado qué trabajos han sido premiados y seleccionados para formar parte este libro”. Poco conocimiento ha demostrado tener este jurado respecto a las últimas publicaciones que versan sobre el mismo tema premiado, aunque me consta que alguno de sus miembros se hallaba informado sobre mis últimas publicaciones, que tratan sobre el mismo asunto que el trabajo premiado.

En su momento, expuse públicamente mis dudas sobre las posibles irregularidades y vulneración de las bases de la convocatoria de este Premio, que me llevó a iniciar el proceso para su impugnación. Se puede consultar al respecto: "Impugnado el II Premio "Francisco de Fuentes" de Sanlúcar de Barrameda, por incumplir sus bases e infringir la Ley de Subvenciones."

Ahora, tras la lectura del trabajo del Sr. Hermoso Rivero (Chema Hermoso), cuyo contenido es coincidente con una parte de los artículos que he publicado, entre julio de 2023 y enero de 2024, sobre la vida y legado de Francisco de Paula Rodríguez, me siento en la obligación de efectuar estas observaciones, a fin de no llamar a engaño y confusión a los posibles lectores de ambas investigaciones. A continuación, enumero estas observaciones, según aparecen en las páginas de la revista. En primer lugar, cito fragmentos del texto del Sr. Hermoso, entrecomillados y en cursiva, a los que siguen mis respuestas (en punto y aparte).

 

El trabajo titulado “Aproximación histórica a la Fundación Francisco de Paula Rodríguez de Sanlúcar de Barrameda (1811-1980)”, de José María Hermoso Rivero, está subdividido en cinco apartados o capítulos, cuyas horquillas cronológicas no coinciden con la realidad histórica, e incluso se contradicen en el propio texto, de igual forma que ocurre con las fechas consignadas en el título del trabajo.


Página 1.

En la “Introducción”, que dedica el Sr. Hermoso Rivero a la figura de Francisco de Paula Rodríguez, se advierten varios errores:

 Francisco de Paula Rodríguez Bejarano, caballero de la Orden de Carlos III, intendente de Provincia, comisario ordenador honorario del consejo de su majestad en el Supremo de Hacienda y tesorero general jubilado.

Debería decir: Ejerció como Guardalmacén de artillería en Cartagena, donde fue nombrado Comisario de Guerra honorario (ca. 1794), e Intendente de Provincia de Primera Clase con carácter honorario (1795). En 1797 fue nombrado Tesorero General del Real Consejo de Hacienda, pasando a vivir a Madrid. Cuando se asentó en Sanlúcar, se encontraba en situación de jubilado de este último cargo.

2º. “… ordenó que todos sus bienes fueran utilizados en la creación de un colegio dedicado a los pobres.

Debería decir “un colegio destinado a la educación de la juventud” (cláusula 28 del testamento); o “Colegio que para la buena educación de la juventud” (adicción 1ª); o bien, para mayor exactitud: “un colegio en esta ciudad, donde el pobre encuentre educación, enseñanza y protección; la juventud, un freno, el cuerpo, alimento, ilustración el espíritu; la Patria ciudadanos útiles, el Estado miembros sabios, y la Iglesia ministros dignos” (Plan y Reglas para la erección del colegio, 1811).

3º. primer Seminario Menor en 1831.

El autor está empeñado en que el primer Seminario Conciliar San Francisco Javier, del Arzobispado de Sevilla, establecido en Sanlúcar (1831-1842) con los bienes de Francisco de Paula Rodríguez, no fue “Conciliar”, sino “Menor”. Ya defiende esta tesis en otro artículo sobre el colegio de los escolapios publicado recientemente (también con bastantes errores). Si fuese así, otros autores, que han escrito sobre este asunto, mucho más versados en materia eclesiástica, lo hubieran advertido en sus textos. Además, llamar a este Seminario "Menor" puede confundirse con el otro Seminario Menor (esta vez sí), que también se estableció en Sanlúcar entre 1942 y 1961.

4º. “En 1868 el patronazgo integrado por los sacerdotes de la ciudad y presidido tradicionalmente por el párroco de la Iglesia Mayor consiguió la cesión del antiguo convento de San Francisco donde se estableció un colegio dirigido por los padres escolapios.”

Al parecer, nunca se consiguió la cesión formal del antiguo convento de San Francisco. Al menos, no se ha localizado el documento de cesión. La Fundación ocupó la finca con el beneplácito de las autoridades civiles (que cobraban rentas por los alquileres de las viviendas ubicadas en el antiguo convento), y construyó un colegio (1868), sobre los restos del convento, para destinarlo a colegio de los padres escolapios. Ya en 1936 la Fundación inscribió la propiedad de la finca en el Registro de la propiedad.

5º. la institución [Fundación] siguió gestionando la fortuna de Rodríguez hasta 1875 cuando el Estado se apropió de todas las fincas que no estaban siendo utilizadas con fines caritativos canjeándolas por títulos de deuda pública.”

La Fundación Francisco de Paula Rodríguez (en adelante F. de P. R.) continuó gestionando los bienes (bonos del Estado y vinos) más allá de la enajenación y subasta por el Estado de las fincas rústicas y urbanas en 1874-1875. El colegio no pudo enajenarse, no por ser utilizado con “fines caritativos” (que no era caridad, sino educación bien pagada), por no ser propiedad en aquellos años de la Fundación, pues no se inscribió en el Registro de la Propiedad hasta 1936, como ya se ha mencionado.

viernes, 22 de marzo de 2024

Las botellas como objetos publicitarios en el Marco de Jerez (1850-1935).

 

Ana Gómez Díaz-Franzón

Dra. Historia del Arte


Este artículo fue publicado en Revista de Historia de El Puerto, nº 39, 2007 (2º semestre), pp. 99-120. [ISSN 1130-4340]. Aunque puede descargarse de la web de esta revista, las imágenes ofrecen una resolución baja, por cuya razón se reproduce ahora tal como se publicó en su día.


Resumen: Desde las últimas décadas del siglo XIX el diseño de las botellas del actual Marco de Jerez se empezó a constituirse en en uno de los elementos diferenciadores del producto. A partir de la Ley de la Propiedad Industrial de 1902 aumentaron los registros oficiales de botellas procedentes del Marco de Jerez. Muchos de estos envases salieron de las fábricas de botellas instaladas en la comarca -El Puerto y Jerez- desde mediados del siglo XIX, al calor de la creciente industria vinatera.

Palabras clave: botella, diseño comercial, marcas de fábrica, modelos industriales, fábricas de botellas.

 

Aunque los primeros embotellados de vinos comercializados en Europa se remontan al siglo XVIII, su generalización no se iniciará hasta las primeras décadas del siglo XIX. Todavía en aquellos años, el embotellado se efectúa en pequeñas cantidades, pues resultaba un sistema bastante más costoso que la comercialización a granel en botas, debido al mayor peso y volumen de las botellas. Por tanto, las ventas de caldos embotellados aumentarán progresivamente desde las últimas décadas del siglo XIX y sólo para ciertos mercados. En tal sentido, las primeras noticias localizadas sobre vinos embotellados en el Marco de Jerez se refieren a Manuel María González Ángel -fundador de González & Dubosc, luego González Byass-, quien se encuentra exportando vinos embotellados -manzanilla, pajarete, moscatel, pedro jiménez- a Filipinas y Latinoamérica ya en 1839, sólo cuatro años después de la creación de esta bodega, además de otras remisiones que realiza en 1846 dentro del territorio nacional[1]. Pero aún en estas fechas el vino embotellado está considerado como un artículo de lujo y distinción.

Ya en las últimas décadas del siglo XIX, el embotellado se encuentra plenamente asentado en el actual Marco de Jerez, aunque hasta el momento se desconocen cifras exactas referidas a las ventas de estos vinos envasados, puesto que en la documentación los volúmenes de comercialización casi siempre se expresan en arrobas, las cuales podían venderse tanto en botellas como a granel. En estos años finales de la centuria decimonónica, prácticamente todas las bodegas de expedición contaban con instalaciones específicas para el embotellado de sus caldos, hallándose en ocasiones bien diferenciadas las salas dedicadas a embotellar los vinos con destino a América respecto a los dirigidos al territorio nacional, como ocurría en las bodegas de Cayetano del Pino y Cª.[2]

De todas formas, las noticias que se tienen al respecto ponen de manifiesto el escaso porcentaje que aún suponían los embotellados respecto al vino vendido a granel. Mientras que en el mercado nacional se fue imponiendo poco a poco el jerez embotellado comercializado bajo marca, en las exportaciones continuó prevaleciendo el granel, de forma que todavía en 1970 las ventas de jerez en botellas no llegaban al 10 por ciento de la exportación total. Por tanto, tras un siglo y medio, desde que se iniciara el embotellado en origen, más del 90 por ciento del jerez se exportaba sin las garantías que ofrece el producto embotellado. Sin embargo, a partir de 1971 ascienden las exportaciones de jerez embotellado, aumentando desde entonces a buen ritmo, al situarse en 1983 en un 54,41 por ciento[3], mientras que en el año 2000 la comercialización de vinos embotellados en el Marco de Jerez alcanzaba ya en un 96,5 por ciento[4].

Paralelo a este fenómeno de aumento progresivo del embotellado, se ha ido produciendo la creciente aplicación de diferentes formas y diseños en los envases de los caldos, registrándose oficialmente cada vez más estas originales botellas, las cuales actúan como destacados elementos identificadores y diferenciadores del producto en los diversos mercados.


La botella jerezana: un envase de "dominio público". 

La función principal de una marca es identificar y distinguir convenientemente el producto o servicio de una determinada empresa o zona productora, respecto a los elaborados por la competencia, al objeto de atraer, además de no confundir, al posible consumidor. Entre los signos y medios materiales que podían constituirse en marcas de fábrica, según la Ley de la Propiedad Industrial de 1902, se encontraban ya recogidos los envases o recipientes, los cuales debían contar con la cualidad de poder ser reproducidos mediante un diseño o cliché[5]. Asimismo, en la actual legislación sobre Propiedad Industrial (2001), las formas tridimensionales de los envases se señalan como signos susceptibles de constituirse en marcas[6].

Para que pudieran registrarse oficialmente los envases, a principios del siglo XX, éstos debían tener “una forma típica o característica que los diferencie y distinga” de los que otros industriales hubiesen adoptado con anterioridad, así como de aquéllos que se utilizasen de forma muy generalizada en una determinada zona, para envasar y contener determinados productos, perteneciendo estos últimos “al dominio público”, por lo que no podrían ser registrados como propiedad exclusiva de ningún empresario en particular[7].

sábado, 9 de marzo de 2024

La casa del Marqués de Casa Arizón en 1988 (I)

 

Casa del marqués de Casa Arizón en 1988. (Foto: Mariqui Romero).

Ana Gómez Diaz-Franzón

Dra. Historia del Arte


En este artículo, publicado en 1988 (El Semanal, Suplemento Cultural, N.º 6. Sanlúcar, 1988), se describe el conjunto de casas-almacenes, propio de cargadores a Indias, del marqués de Casa Arizón (siglos XVII-XVIII), situado en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), por entonces el más completo y mejor conservado de Andalucía.

Al año siguiente (1989) el inmueble fue vendido por la familia Arizón a la empresa inmobiliaria Dainursa, propiedad del economista Ramón Tamames y el arquitecto Javier Olaciregui, más tarde denominada "Casa Grande Arizón, S. L.". También en 1989 fue declarado BIC, quedando el conjunto abandonado durante veinte años, para más tarde ser destruido y convertido en pisos y hotel, que terminaría siendo subastado por declaración de ruina del propietario. Este último proceso de degradación será recogido en un próximo trabajo.

Se ha respetado el texto original de 1988, al que sólo se han añadido algunas notas aclaratorias entre corchetes.

Se han incorporado nuevas fotografías respecto al artículo original.

El artículo original se puede consultar en Academia.edu.


Conjunto residencial-comercial.

Importancia del edificio.

El estudio y conocimiento de la Casa del Marqués de Arizón es de sumo interés para comprender la arquitectura civil sanluqueña del siglo XVIII y, específicamente, de las casas de los cargadores a Indias, construidas durante esta época en el marco geográfico de la Bahía de Cádiz.

La función comercial, además de la residencial, de estas casas van a incidir directamente en su conformación estructural y en la inclusión de algunos elementos arquitect6nicos muy concretos.

Esta tipología se va a desarrollar evolutivamente, a medida que crecía en importancia la actividad comercial del cargador de Indias, reflejándose siempre ese doble carácter de su funcionalidad en el binomio: zona residencial-zona comercial, almacenándose en ésta ultima las mercancías para el embarque.

El conjunto edificatorio es, por tanto, un testimonio importante para conocer el papel histórico que ha jugado la ciudad de Sanlúcar en las relaciones comerciales establecidas durante los siglos XVII y XVIII, no sólo con respecto al continente americano, sino también en las referidas a la cooperación económica entre el comercio catalán y el andaluz, debido a los intensos contactos que tuvo la Casa de Arizón con Cataluña.

Aunque existen otros edificios en Sanlúcar que poseen características semejantes a la Casa de Arizón (situadas en la calle Trascuesta, plaza de la Salle, calle Bolsa, calle Caridad, etc.), es ésta la que reviste una importancia excepcional, ya que es el único conjunto completo que, tipológicamente, contiene todos los elementos propios de la casa de un cargador de Indias, referidos a su doble función y hablándonos de la activa participación que tuvo Sanlúcar en la aventura americana durante los siglos XVII y XVIII.

 

Ubicación y entorno

La ubicación del edificio vendrá determinada por su función comercial, erigiéndose en el antiguo Barrio de la Balsa, que se conforma a partir del siglo XVI, junto a la línea de playa, por pescadores y hombres del mar. Este arrabal marinero resurgirá tras un periodo de decadencia, a finales del siglo XVII como una zona de gran actividad comercial y marítima, motivado por la construcción de un muelle, en 1688, al pie del castillo del Espíritu Santo que, aunque no llegó a finalizarse, sirvió como embarcadero durante bastante tiempo, edificándose al mismo tiempo y para su defensa el fuerte de San Felipe, destruido a lo largo del siglo XVIII por la acci6n corrosiva del mar.

La familia Arizón, a su llegada a Sanlúcar, elegirá este lugar clave para centralizar su residencia y sus transacciones comerciales. Actualmente [1988], el edificio se desarrolla conformando parte de una manzana, dando fachadas a tres de las calles, esto es, a la calle Banda de la Playa, callejón de los Félix [desaparecido] y a calle Divina Pastora, donde se abre la fachada principal.

 

domingo, 25 de febrero de 2024

El palacio Orleáns-Borbón de Sanlúcar de Barrameda (actual Ayuntamiento)

 

Palacio Orleáns-Borbón. Fachada posterior. (Foto: Mariqui Romero, 1989).


Ana Gómez Díaz-Franzón

Dra. Historia del Arte

 


Allí extendió el horizonte de su dominio a medida que avanzaba su pensamiento… el príncipe [Montpensier] pudo integrarse en Oriente. Su palacio tiene el extraño aspecto y la irregular belleza de las moradas de aquel país de genios.

(Antoine de Latour, en La Bahía de Cádiz, 1857).

 

El Palacio Orleáns-Borbón (1852-1876), inscrito en el Catálogo General de Bienes del Patrimonio Histórico de Andalucía en 2007, ubicado en uno de los ángulos de la antigua muralla, fue rehabilitado entre 1987 y 1990 para la instalación del Ayuntamiento de Sanlúcar.

Tiene su acceso principal en el ángulo que forma la cuesta de Belén con calle Caballeros por donde, a través del afrancesado tratamiento arquitectónico de la entrada, penetramos en un exquisito jardín romántico que nos transporta a un mundo íntimo y orientalista, pletórico de color y fantasía.


Palacio Orleáns-Borbón. Pinturas del techo del Salón Bambú (actual Alcaldía). Retrato de los duques de Montpensier vestidos a la oriental. (Foto: Mariqui Romero, 1989).

El palacio fue mandado edificar por los duques de Montpensier, Antonio de Orleáns y María Luisa Fernanda de Borbón, hermana de la reina Isabel II, como residencia veraniega, cuando llegaron a la Baja Andalucía tras el derrocamiento en Francia del padre del duque, el rey Luis Felipe de Orleáns, y se instalaron en el  palacio de San Telmo de Sevilla.

La edificación agrupa tres antiguas construcciones de distintos estilos y cronologías: de izquierda a derecha, el antiguo Seminario Conciliar de San Francisco Javier (edificio religioso instalado sobre una antigua casa del XVIII, adquirido por el Duque en 1853); la casa de los Páez de la Cádena (de tipo civil doméstico, de finales del XVII, comprada en 1851); y parte del antiguo convento de La Merced (construcción religiosa de 1625, adquirida primero a censo (1857) y luego por compra (1882) a los duques de Medina Sidonia). A estos tres inmuebles, se agregaron las bodegas y caballerizas con fachada a la calle Baños (1861).

Estas fincas constituyeron el soporte del gran recinto palaciego (6.592 m2 edificados) que no se construyó de nueva planta sino que, conservando las estructuras de los edificios preexistentes (aquí radica uno de los valores históricos del palacio), fueron unificados adaptándolos a su nueva funcionalidad, mediante alineaciones en fachadas y ampliaciones, dotando al conjunto del orientalista revestimiento exterior.


sábado, 17 de febrero de 2024

El ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda descataloga un chalé protegido para demolerlo y edificar pisos.

 Opinión Patrimonio Histórico Sanlúcar


Por Resolución de la Alcaldía de Sanlúcar (20-11-2023) y gestión de la Presidenta de la Gerencia de Urbanismo, Sra. Mónica González Pecci (PSOE), se ha aprobado un Plan Especial para suprimir del Catálogo de Edificios Protegidos un chalé situado en la Avenida de las Piletas, para que se pueda demoler y construir pisos.

Se trata de un chalet protegido (fachadas y cubierta) edificado en 1952, por el arquitecto José Delgado Lejal, para Felipe García Boceta, a quien el Ayuntamiento le cedió en 1948 los terrenos gratis (2.091 m2) con la condición de edificar, como se venía haciendo desde principios del siglo XX en las Avenidas de Bajo de Guía y Las Piletas. Una vez edificada la parcela, se le entregaban las escrituras de propiedad.

Este edificio, junto al de Ambrosy (en Avda. de la Estación), también con proyecto de Delgado Lejal, suponen los epígonos del estilo regionalista en Sanlúcar, ya que está edificado con esta estética.

José Delgado Lejal, reconocido arquitecto andaluz de la segunda mitad del siglo XX, realizó también en Sanlúcar el primer Plan de Ordenación Urbana en 1949 y la barriada de viviendas agrícolas en 1945, además de la bodega San Vidal para Bodegas Argüeso. Este arquitecto está incluido en el Catálogo abierto de Arquitectura Moderna y Contemporánea de Cádiz, así como en el inventario "Cincuenta años de Arquitectura en Andalucía".

jueves, 15 de febrero de 2024

Continúa la demolición de bodegas en Sanlúcar con apertura de callejuelas históricas

 Opinión de Patrimonio Histórico de Sanlúcar.


Recientemente se ha publicado en el B.O.P. de Cádiz, Núm. 17, de 24 de enero de 2024, por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, Gerencia Municipal de Urbanismo, el siguiente Anuncio: “Por Resolución de la Alcaldía de 22 de diciembre de 2023, se ha resuelto someter a información pública, la relación de propietarios y la descripción de bienes y derechos afectados por la Expropiación forzosa para la obtención de finca calificada como Viario de Uso público sito en Calle San Miguel de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), tramitado de oficio y contenido en el expediente 2812/2023”. Este Anuncio se refiere a la Finca Nº1 de la expropiación, correspondiente a parte del jardín de la casa barroca, descrito como “parte de patio, con forma eminentemente triangular con frente a calle San Miguel, sin número de gobierno, en esta ciudad, con superficie 16,18m2. Linda tomando su frente por la calle San Miguel: derecha con bodega de Vinícola Hidalgo S.A. y fondo, “finca resto de la expropiación”.

Esta Resolución de aviso a los vecinos para la expropiación forzosa de la Finca nº 1 sólo afecta al jardín de la casa barroca. Falta aún la publicación referida a la expropiación de las otras fincas (bodegas) afectadas.

Estas obras suponen una enorme agresión al Patrimonio Arquitectónico y Bodeguero de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, en base a que, con su ejecución, se destruirán algunos destacados valores históricos, urbanos y arquitectónicos de las fincas a expropiar.

Según informa este “Anuncio”, la Gerencia de Urbanismo de Sanlúcar pretende expropiar y demoler algunas centenarias bodegas (antiguas de Manjón), situadas en la calle San Miguel, que están protegidas al hallarse dentro del Conjunto Histórico (declarado en 1973), que en su globalidad debe tratarse como un BIC; más un trozo de jardín (le llaman patio) de una casa barroca, del siglo XVIII, ubicada en calle Ganado-esquina a Calle o Callejón de San Miguel, protegida (B-84), además, en el Catálogo de edificios protegidos del PGOU con protección B o Estructural, para abrir una nueva calle que conecte con la Avenida de V Centenario. Esperemos que no afecte este proyecto a la valiosa bodega aledaña a esta casa, de los siglos XVII o XVIII, cubierta con una magnífica armadura de madera de tipo mudéjar.

Con esta demolición se pierde un poco más el paisaje urbano vinícola de Sanlúcar, que si no ha desaparecido por completo es por los grandes complejos bodegueros (pocos) que aún se mantienen activos. Se pierde un poco más la imagen de identidad vinícola de Sanlúcar, su arquitectura industrial más significativa, que componen todas esas bodegas que se entretejen en el entramado urbano.

Por otro lado, estas callejuelas urbanas, genuinamente bodegueras, forman parte del tejido urbano que conforma la ciudad histórica de Sanlúcar, como las callejuelas del Truco, Siete Revueltas, Santo Domingo, Madre de Dios, Comedias, etc. Son parte fundamental de la gran importancia urbana, bodeguera e histórica de la ciudad. Sanlúcar, con un casco histórico muy maltratado en las últimas décadas, no puede permitirse perder más bodegas ni más callejuelas urbanas, destacados eslabones de la Ciudad Vinícola y de la Sanlúcar Histórica.

Se ha solicitado información a la Delegación Territorial de Cultura de la Junta de Andalucía, que es la que tiene las competencias en materia de Patrimonio Histórico sobre el Conjunto Histórico de Sanlúcar de Barrameda, sobre si a este proyecto de apertura y ampliación del viario mediante expropiación de varias fincas situadas en la calle San Miguel, en pleno Conjunto Histórico de Sanlúcar de Barrameda, se le ha concedido la autorización pertinente por parte de esa Consejería, para que pueda iniciarse el proceso de expropiación y consiguientes obras de demolición. 


B.O.P. de Cádiz, Núm. 17, de 24 de enero de 2024

Encrucijada entre calle Ganado y calle San Miguel. inicio del callejón de San Miguel, situado entre dos espléndidas casonas barrocas. De esta finca expropian o "muerden" unos 16 m2 que es la zona del jardín que vierte a la calle Ganado y se puede ver a la izquierda de la foto. Esta finca en su totalidad está protegida con nivel B o estructural. Uno de los pocos jardines privados urbanos que quedan en Sanlúcar.


Casa barroca del siglo XVIII con jardín afectado por la expropiación.